Título IV: EL NOTARIADO
Capítulo III: Documentos y Actas Notariales
Artículo 80.-
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Documento notarial
El
documento notarial es el otorgado en presencia del Notario o Notaria o del
funcionario o funcionaria consular en el ejercicio de funciones notariales,
dentro de los límites de su competencia y con las formalidades de ley. |
Artículo 81.-
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Acta notarial
Las
actas notariales son documentos que tienen por finalidad comprobar, a
solicitud de parte interesada, hechos, sucesos o situaciones que le consten
u ocurran en su presencia. |
Artículo 82.-
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Imposibilidad de firmar
El o
la otorgante que estuviere impedido o impedida para suscribir un documento
notarial con su firma, lo hará a ruego y estampará su huella digital al pie
del documento y el Notario o Notaria dejará constancia en el acto. |
Artículo 83.-
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Archivo y base de datos
notarial
El
Servicio Autónomo de Registros y Notarías llevará un Archivo y una Base de
Datos Notarial, cuyas funciones y finalidades estarán establecidas en el
Reglamento de la presente Ley. |
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