Creación
Se
crea el Servicio Autónomo de Registros y Notarías, sin personalidad
jurídica, que depende jerárquicamente del Ministerio del Interior y
Justicia, y es el órgano encargado de forma autónoma de la planificación,
organización, coordinación, inspección, vigilancia, procedimiento y control
sobre todas las oficinas de registros y notarías del país.
El
Reglamento Orgánico del Servicio Autónomo de Registros y Notarías
desarrollará:
1. La
integración y fuentes ordinarias de ingresos.
2. El
grado de autonomía presupuestaria, administrativa, financiera y de gestión.
3. Los
mecanismos de control a los cuales quedará sometido.
4. El
destino que se dará a los ingresos obtenidos en el ejercicio de la actividad
y el de los excedentes al final del ejercicio fiscal.
5. Las
demás que sean necesarias para el desarrollo de esta Ley. |